Aprobada Ley Antisecuestro en Venezuela May 27, 2009
Posted by Venezuela Sin Secuestro in Uncategorized.trackback
La Asamblea Nacional aprobó el pasado 12 de mayo la Ley Antisecuestro y Extorsión.

Diputados de la AN, en perfecta sintonía
La nueva legislación prevé penas de entre 15 y 20 años tanto para quien ejecute el secuestro propiamente dicho, pero también para quienes se desempeñen como custodios o cómplices en cualquier grado de este delito. También establece penas hasta por 10 años a quienes simulen haber sido secuestrados para obtener algún beneficio.
Fue modificado el artículo 11, en que se establecen penas de hasta 14 años de cárcel para los allegados de algún secuestrado que paguen rescate a los secuestradores. A su vez, se modifican los artículos 15 y 16, de los cuales se desprende la obligación por parte del Ministerio Público de realizar un inventario y posterior congelación de los bienes de familiares. Anteriormente, quedaba “a discreción” del Ministerio Público el ejercicio de tal atribución. Tras realizarse el referido inventario, se acordará un monto mínimo al que se le permitirá el acceso para cubrir gastos básicos, quedando expresamente prohibido igualmente, operaciones de compra-venta que excedan el monto acordado, pues ello podría interpretarse como algún intento de dar dinero a los secuestradores. Seguidamente, el artículo 26 prohíbe, todo crédito, fianza, aval o cualquier suministro de recurso destinado al pago para la liberación del secuestrado o el pago de extorsiones.
Con la modficación de este artículo, la Asamblea Nacional pretende “…preservar la vida de la persona secuestrada y evitar el pago…” tal y como señala el diputado Juan Mendoza, presidente de la Comisión Permanente de Seguridad y Defensa de la Asamblea Nacional. Opinión no compartida, paradójicamente por el ente competente para la ejecución de esta norma; pues en declaraciones recientes, la Fiscal General de la República, Luisa Ortega Díaz advirtió que el mencionado cambio, “podría fomentar la impunidad frente al delito de secuestro, por cuanto las víctimas y sus familiares se abstendrán de denunciar ante la posible “congelación” de sus bienes.“
En Venezuela Sin Secuestro consideramos que los cambios realizados en la legislación, constituyen un cercenamiento de la Libertad Individual y la Propiedad Privada, que lejos de proteger a las víctimas y sus familiares, reducirán dramáticamente las las denuncias formales ante los organismos competentes, produciendo a su vez, estadísticas irreales de la problemática. Recordemos que el Secuestro en Venezuela es un delito fundamentalmente económico, ante el cual, los cuerpos de seguridad no han demostrado más que ineficacia y consideramos que las referidas modificaciones harán doblemente víctimas a quienes atraviesan en un proceso tan duro y doloroso como es la privación de la libertad de un ser querido.
La señalada ley puede ser leída a través de http://www.asambleanacional.gob.ve/index.php?option=com_docman&task=cat_view&Itemid=&gid=253
Comments»
No comments yet — be the first.